detalle de señal
contratos sucesivos con persona natural · contrato CO1.PCCNTR.8798085
Versión actual de las reglas: a0f2d78b.
Versión registrada para este contrato: 3102801b.
La evaluación completa utiliza una versión anterior; una corrección puntual no significa que todas las señales se hayan recalculado.
Registro actualizado: 18/10/2026.
10 reglas del catálogo operativo no tienen una decisión individual registrada: no se presentan como evaluadas ni como descartadas.
| señal evaluada | decisión | razonamiento | confianza |
|---|---|---|---|
| adiciones significativas | no evaluada |
Evaluacion anterior pendiente de recalculo con montos verificados. No determina un exceso ni cumplimiento del limite legal.
criterios y consideraciones de esta señalMontos incrementales identificados en modificaciones superan el 50% del valor publicado en SECOP. Es un filtro de revisión, no prueba un exceso del límite legal: este requiere el valor inicial, fechas, cálculo en SMLMV y revisión del régimen y sus excepciones. Peso metodológico: 35. Estado de la regla: operativa. |
— |
| anillo de colusión | detectada |
4 contratistas distintos en 11 contratos históricos de la entidad en esta categoría.
criterios y consideraciones de esta señalSolo 2 a 4 contratistas distintos se reparten 10 o más contratos de una misma categoría de la entidad, contados sobre toda su historia en nuestra base. Excluye contratistas que son entidades públicas (convenios interadministrativos, Ley 489/1998 art. 95). Es un indicio de mercado cerrado, no una prueba de acuerdo entre proveedores. Peso metodológico: 30. Estado de la regla: operativa. |
75% |
| contratación directa de alto valor | no evaluada |
Valor $55,740,000 COP bajo umbral medio $200,000,000 COP.
criterios y consideraciones de esta señalPrioriza contratos directos por su valor y la información disponible en SECOP. Los umbrales son exploratorios, no límites legales. Un valor alto o un campo de justificación incompleto no prueban abuso ni ausencia de causal legal. Se excluyen las causales legales de contratación directa (empréstitos, arrendamiento o adquisición de inmuebles, ciencia y tecnología, proveedor único; Ley 1150/2007 art. 2.4): en esos casos la modalidad directa es la vía correcta y no constituye indicio. Un empréstito se reconoce cuando el objeto del contrato es el préstamo, no cuando solo lo menciona (asesorías, garantías o servicios relacionados siguen evaluándose). Peso metodológico: 20. Estado de la regla: operativa. |
— |
| contratista es entidad pública | no detectada |
Contratista no es entidad pública en proveedores.
criterios y consideraciones de esta señalEl contratista es a su vez una entidad pública (convenio interadministrativo; atenúa el puntaje compuesto). Peso metodológico: 0. Estado de la regla: operativa. |
— |
| contratos sucesivos con persona natural regla 20261015_pair_history_g2g_v2 |
detectada |
Con este contrato, 'ULDY SOFIA PEREZ CRISTANCHO' suma 3 contratos con 'MUNICIPIO DE LABRANZAGRANDE' en 180 días. Valor total: $83,927,200 COP. Suele tratarse de contratos sucesivos de prestación de servicios; verificar si cubren una función permanente de la entidad. No indica favoritismo en la adjudicación.
criterios y consideraciones de esta señalCon este contrato, una persona natural suma 3 o más contratos con la misma entidad en 180 días, por al menos COP 40 millones en conjunto. Suele corresponder a contratos sucesivos de prestación de servicios, permitidos por la Ley 1150 de 2007 (art. 2, num. 4, lit. h). La señal invita a verificar si cubren una función permanente de la entidad (Corte Constitucional, C-614 de 2009); no indica favoritismo en la adjudicación. Se evalúa con el historial completo de la pareja y se señala una vez por racha continua. Peso metodológico: 10. Estado de la regla: operativa. |
80% |
| desajuste geográfico | no detectada |
Departamentos coinciden tras normalización: BOYACA.
criterios y consideraciones de esta señalUbicación del contratista lejos del lugar del contrato. Peso metodológico: 10. Estado de la regla: operativa. |
100% |
| funcionario contratista | detectada |
Contratista (cédula) con empleo público. Sin fecha de vinculación para verificar el solapamiento temporal.
criterios y consideraciones de esta señalEl contratista tiene un vínculo de empleo público (SIGEP): indicio de conflicto de interés / puerta giratoria. Pesa más cuando ya era servidor público al iniciar el contrato (solapamiento) y menos cuando el contrato terminó antes de su vinculación. No es veredicto. Peso metodológico: 25. Estado de la regla: operativa. |
60% |
| precio atípico | detectada |
Valor $55,740,000 COP es 3.5x la mediana ($16,000,000 COP) de 349 contratos similares en BOYACA. precio 3.7x fuera del rango habitual.5).
criterios y consideraciones de esta señalValor del contrato muy por encima de la mediana de contratos comparables de la misma categoría en su mismo departamento (los precios varían por región); si la región no tiene muestra suficiente, se compara contra la referencia nacional. La alerta indica la categoría, el ámbito y el tamaño de la muestra. Peso metodológico: 25. Estado de la regla: operativa. |
62% |
| secuencia entidad-contratista | descartada |
Inicialmente detectada.
La senal fue descartada y ya no aporta al puntaje. El registro historico no conserva un motivo publico detallado; no inferimos uno. No aporta al puntaje actual. Cambio registrado: 18/10/2026. ver detección originalCon este contrato, 'MUNICIPIO DE LABRANZAGRANDE' y 'ULDY SOFIA PEREZ CRISTANCHO' firman 3 contratos en 180 días. Valor total: $83,927,200 COP. El contratista es una persona natural: el patrón suele corresponder a contratos sucesivos de prestación de servicios. Esta señal invita a verificar si cubren una función permanente de la entidad; no indica favoritismo en la adjudicación. Fecha de detección conservada: 15/10/2026. Puede corresponder a una reevaluación, no necesariamente a la primera detección. Confianza registrada entonces: 80%. No es la probabilidad de corrupción. criterios y consideraciones de esta señalCon este contrato, la misma pareja entidad-contratista firma 3 o más contratos en 180 días que juntos alcanzan al menos COP 40 millones, un filtro de materialidad, no un límite legal de contratación. Se evalúa con el historial completo de la pareja y se señala una vez por racha continua. No aplica entre entidades públicas (convenios interadministrativos, Ley 489/1998 art. 95) ni a personas naturales, que tienen su propia señal. Peso metodológico: 15. Estado de la regla: operativa. |
— |
La confianza describe la coincidencia con la regla y la evidencia disponible, no una probabilidad de corrupción. Las señales descartadas y en revisión de datos se conservan aquí, pero no se cuentan como señales activas. Reglas y limitaciones.
| señal | contratista | riesgo |
|---|---|---|
| intermediación indebida | unidos fundacion social ong | 30 |
| intermediación indebida | fundacion unidos por la libe | 30 |
| intermediación indebida | fundacion de desarrollo y bi | 30 |
| anillo de colusión | unidos fundacion social ong | 30 |
| intermediación indebida | fundacion de desarrollo y bi | 30 |
| señal | entidad | riesgo |
|---|---|---|
| anillo de colusión | municipio de labranzagrande | 30 |
| funcionario contratista | ministerio del trabajo nivel | 25 |
| funcionario contratista | municipio de labranzagrande | 25 |
| funcionario contratista | gobernacion de boyaca | 25 |
| funcionario contratista | municipio de labranzagrande | 25 |